Militantes de la Juventud Radical

"Son militantes de la JR todas las personas afiliadas al PRSD que tengan entre 18 y 30 años de edad... los militantes que cumplan 31 años de edad en el instante dejaràn de pertenecer inmediatamente a la JR, con excepciòn de aquellos que se encuentren ocupando un cargo directivo, los que permaneceràn como militantes de la organizaciòn hasta que cesen en su cargo. Tambièn pierden su calidad de militantes quienes renuncien a la JR o sean sancionados por el Tribunal Supremo del PRSD con la perdida de dicha calidad....

Son deberes de las personas que militan en la JR :

1-. Aceptar y respetar la jerarquìa interna existente en la JR y en el PRSD.
2-. Asistir a las reuniones y asambleas convocadas por lor òrganos directivos de la JR.
3-. Desempeñar con probidad las tareas polìticas y comisiones que se le asignen, asì como rendir cuenta oportuna, completa y detallada de èstas.
4-. Realizar labores de proseletismo, mediante acciones personales o de grupo tendientes a incorporar nuevos militantes a la JR...

Son derechos de las personas que militan en la JR:

1-. Presentar iniciativas, proyectos y propociciones a las autoridades de la JR y participar en las actividades que se realicen.
2-. Participar con derecho a voto en las elecciones de los estamentos directivos de la JR en la forma que determine el presente Reglamento y sus normas complementarios.
3-. Optar a los cargos electivos dentro de la JR.
4-. Analizar, discutir y aportar elementos que fortalezcan las decisiones que adopte la JR..."

Estracto del Estatuto de la Juventud Radical

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